BIZIGUNE - Alquiler de viviendas vacías
Departamento / Organismo Autónomo
Vivienda y Asuntos Sociales
Órgano gestor
Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda
Objeto
Conseguir que las viviendas de titularidad privada, que se hallen desahabitadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, sean puestas en el mercado de la vivienda de alquiler, otorgando ventajas tanto a los propietarios de esas viviendas, como a los inquilinos. Los propietarios se benefician de la garantía del cobro de rentas, de la conservación de la vivienda, además de la financiación sin intereses e las reformas que hubiera que hacer, hasta 18.000 euros.
Los inquilinos se benefician de una subvención de la renta, para que ésta no supere el 30% de sus ingresos .
Destinatarios/as
- Propietarios de viviendas vacías
- Personas o unidad convivencial , inscritas en el Registro de solicitantes de vivienda de protección oficial (ETXEBIDE) y que hayan solicitado expresamente estar interesadas en acceder al arrendamiento de alguna vivienda del programa 'Vivienda vacia'.
Normativa reguladora
DECRETO 316/2002,de 30 de diciembre, por el que se promueve e impulsa el 'Programa de Vivienda Vacía', se establece su régimen jurídico y se encomienda su gestión a la Sociedad Pública 'Vivienda y Suelo de Euskadi S.A./Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A' (VISESA)
ORDEN de 22 de Abril de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre condiciones de cesión y procedimiento de adjudicación del 'Programa de Vivienda Vacía.
DECRETO 100/2004, de 1 de junio de 2004, de modificación del Decreto por el que se promueve e impulsa el «Programa de Vivienda Vacía», se establece su régimen jurídico y se encomienda su gestión a la Sociedad Pública «Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A./Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A.» (VISESA.)
ORDEN de 26 de noviembre de 2004, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, modificación de la orden sobre condiciones y procedimiento de adjudicación del programa de Vivienda Vacia
Personas de contacto
Información para propietarios:
Sociedad Pública de Gestión Vivienda en Alquiler (SPGVA): 900251251
Información para demandantes:
Delegación Territorial de Alava: 945017700
Delegación Territorial de Bizkaia: 944031300
Delegación Territorial de Gipuzkoa: 943022810
Teléfono de información: 012
Documentación a aportar
A) Propietarios de vivienda vacía: ponerse en contacto con el 900251251
B) Demandantes : vease formulario de solicitud.
Plazo de presentacion
Durante todo el año
Lugar presentación solicitudes
Lugar de presentación de solicitudes para demandantes:
DELEGACION TERRITORIAL DE ALAVA
C/Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
DELEGACION TERRITORIAL DE BIZKAIA
Gran Vía, 85
48011 Bilbao
DELEGACION TERRITORIAL DE GIPUZKOA
C/Andía, 13
20004 Donostia-San Sebastián
Oficinas habilitadas de las Entidades colaboradoras:
BBK, Caja Vital, Kutxa y Caja Laboral Popular
Descripción de los trámites
- Propietarios de vivienda vacía: La cesión de las viviendas se realizará por parte de los propietarios a Visesa. La SPGVA elaborará un documento especifico para cada vivienda ofrecida que contendrá como mínimo el resultado de la tasación efectuada, el presupuesto de las obras necesarias, el plazo para ejecutarlas y la propuesta de cesión que la sociedad realiza al titular de la vivienda. Aceptada esta propuesta, se incorporará al pertinente contrato de cesión que será suscrito por las partes y facultará a la SPGVA tanto para la ejecución de las obras, como para el alquiler de la vivienda (Las reformas podrán ser ejecutadas por la SPGVA o por el propietario, bajo supervisión de los técnicos de Visesa).
- Interesados en arrendar una vivienda vacía: La SPGVA alquilará las viviendas a aquellas personas inscritas en Etxebide, que soliciten expresamente esta opción y sean calificadas como beneficiarias con arreglo a la normativa propia de las viviendas de protección oficial. Para cada vivienda se llevará a cabo un proceso especifico de adjudicación con arreglo a los criterios que marca la normativa.
La cesión de la vivienda a la SPGVA tendrá una duración mínima de 5 años. Una vez finalizado el contrato, Visesa entregará la vivienda a su propietario en las mismas condiciones en las que estaba.
Órgano que resuelve
Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler, S.A.
Plazo de resolución
No hay
Efectos del silencio
No procede
Fín de la vía administrativa
No procede
Recursos / Reclamaciones
No procede
Formularios
Formulario de solicitud
Otros documentos
Servicio Vasco de Vivienda: www.etxebide.info
Sociedad Pública de Gestión de Viviendas en Alquiler: www.bizigune.eu
Observaciones
- Información básica para los propietarios de las viviendas:
- Bizigune ofrece a los propietarios de vivienda vacías garantía absoluta del cumplimiento del contrato de arrendamiento, especialmente en lo relativo a pago de rentas y conservación de la vivienda.
- Si fuese necesario hacer una reforma en la vivienda, la SPGVA puede adelantar el importe de ésta (hasta 18000 euros), que se descontará posteriormente de la renta mensual a cobrar por el propietario.
- Para admitir una vivienda en Bizigune debe, al menos, cumplir estas condiciones:
- No estar la vivienda calificada como VPO
- No haber estado ocupada o alquilada en el último año
- Tener una superficie inferior a 120 m2
- Reunir las condiciones de habitabilidad nesesarias.
- La renta tasada de la vivienda será como máximo de 660 euros al mes. La renta la abona directamente Visesa, no el inquilino, y es independiente del alquiler que se cobre a éste.
- Visesa seleccionará al inquilino, no pudiendo oponerse el propietario a esta elección.
- La SPGVA se coloca en la posición del propietario para cualquier reclamación o conflicto que se produzca con el inquilino.
- Los gastos de comunidad,IBI y otros impuestos los abonará el propietario. Este participará y asistirá a las reuniones de la comunidad de vecinos.
- Información básica para los interesados en arrendar una vivienda vacía:
- No tener vivienda en propiedad, ni haberla tenido en los dos últimos años.
- No haber sido adjudicatario de vivienda protegida en los dos últimos años.
- Estar empadronado con un año de antigüedad en la CAV.
- Tener unos ingresos anuales entre 3.000 y 21.100 euros.
- La renta inicial será como máximo el 30% de los ingresos de la unidad convivencial, sin superar nunca la renta tasada de la vivienda. La renta será revisada anualmente
- Los gastos de suministros:agua,luz, calefacción etc. corresponden al inquilino.
- Una renuncia supondrá la baja automática como solicitante de Bizigune. Si se produjese una segunda renuncia, en cualquier opción de vivienda protegida, causaría baja en Etxebide.
Nota
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
21/10/2008